El Defensor del Pueblo pide que las personas antes incapacitadas no pierdan beneficios fiscales ni prestaciones por la reforma legal

 El Defensor del Pueblo pide que las personas antes incapacitadas no pierdan beneficios fiscales ni prestaciones por la reforma legal


El Defensor del Pueblo ha admitido a trámite la queja presentada por Plena inclusión España respecto a la pérdida de beneficios fiscales y prestaciones económicas por parte de personas con discapacidad intelectual y sus familias como resultado del fin de las incapacitaciones judiciales.

De hecho, ha instado a las Secretarías de Estado de Seguridad Social y Hacienda a llevar a cabo las actuaciones necesarias para que estas personas no pierdan la protección social y fiscal que tenían antes de la mencionada reforma legal.

Según explica Plena inclusión, la interpretación de la Ley 8/2021, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica «tiene una serie de efectos colaterales que impactan negativamente en el acceso de estas personas con discapacidad a determinadas prestaciones».

Antes de la entrada en vigor de la reforma, la legislación contemplaba la posibilidad de vincular el cumplimiento de los requisitos de acceso a prestaciones sociales y beneficios fiscales a la existencia de una incapacitación, lo que en la práctica incluía situaciones tanto de curatela como de tutela parcial o total.

Al desaparecer la incapacitación judicial por la nueva ley se produjo «un vacío legal que la Seguridad Social y Hacienda han cubierto de forma muy restrictiva y contraria a la propia reforma», criticó la confederación en su queja.

Denunció ante el Defensor las actuaciones de las administraciones públicas en el ámbito de la Seguridad Social y Hacienda porque «están ocasionando la pérdida de prestaciones sociales y de beneficios fiscales a las personas con discapacidad intelectual y del desarrollo y a sus familias».

«Obviando el abanico de figuras de apoyo que ofrece la ley, estas administraciones solo reconocen la existencia de situaciones de curatela representativa para todos los actos de la vida en el caso de la Seguridad Social, o de curatela representativa en el caso de Hacienda», explicó Plena inclusión.

Su queja ha sido admitida por la institución del Defensor del Pueblo que efectuó sendas recomendaciones a la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones y a la Secretaría de Estado de Hacienda.

En ellas, el Defensor les pide que, en sus respectivos ámbitos de competencias, «realicen las actuaciones oportunas para mantener la efectividad de la protección social y fiscal a las personas con discapacidad en los términos equivalentes a la situación previa a la aprobación de la Ley 8/2021″.

Plena inclusión España, además, presentará un informe jurídico para combatir estos efectos colaterales de la reforma el próximo día 17 de septiembre en Madrid.



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